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Artículo 3 de la Ley de Víctimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley protege a las personas que sufren un delito o a quienes resultan afectadas por él, siempre que el delito haya pasado, se haya seguido cometiendo o comenzado dentro del Estado de México. Las víctimas son las que directamente sufren el delito, y los ofendidos son los que resultan dañados, como los familiares. Así que si te roban, te lastiman o te afecta un delito en el Estado de México, la ley te cubre.

Texto oficial

Artículo 3. Son sujetos protegidos por la presente Ley, las víctimas y ofendidos del delito, siempre y cuando el hecho delictuoso se haya consumado, continuado o iniciado dentro del territorio del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.