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Artículo 60 de la Ley de Víctimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La operación y funcionamiento del Registro los maneja la Comisión Ejecutiva, que es un grupo de personas encargadas de tomar decisiones importantes. Esto significa que nadie más puede hacerse cargo de esas tareas, solo ellos. La Comisión se encarga de que todo esté en orden, como guardar los datos y actualizarlos. En pocas palabras, ellos son los responsables de que el Registro funcione bien.

Texto oficial

Artículo 60. La operación y funcionamiento del Registro estará a cargo de la Comisión Ejecutiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.