Artículo 69 de la Ley de Víctimas del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Ejecutiva (el grupo encargado de manejar esto) va a hacer un plan para informar, enseñar y actualizar a las personas sobre cómo entregar la declaración y cómo se procesa hasta decidir si la víctima entra o no al Registro. Esto significa que van a explicar bien los pasos que se siguen desde que alguien da su declaración hasta que se determina si se le incluye oficialmente en el Registro. Es como un manual o curso para que todos entiendan el proceso completo.
Texto oficial
Artículo 69. La Comisión Ejecutiva elaborará un plan de difusión, capacitación y actualización sobre el procedimiento para la recepción de la declaración y su trámite hasta la decisión de inclusión o no en el Registro. CAPÍTULO VI INGRESO DE LA VÍCTIMA AL REGISTRO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.