Artículo 99 de la Ley de Víctimas del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 99 dice que la Comisión Ejecutiva va a tener una oficina especial llamada Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto. Esta oficina sirve para orientarte si eres víctima de un delito o si alguien cercano a ti lo fue, explicándote tus derechos y los pasos a seguir. También te ofrece apoyo rápido, atención médica, psicológica o de trabajo social de emergencia sin tener que esperar mucho. Además, esta unidad se encarga de coordinar a las distintas instituciones del gobierno estatal para que te den la ayuda inmediata que necesitas según la ley general. En pocas palabras, es como un primer lugar al que puedes acudir para recibir ayuda urgente y que te guíen en todo el proceso.
Texto oficial
Artículo 99. La Comisión Ejecutiva contará con una Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto encargada de brindar servicios de orientación para víctimas y ofendidos sobre sus derechos, procedimientos, servicios y mecanismos de garantía contemplados en esta Ley; dar acompañamiento, ayuda inmediata, asistencia y atención en materia psicosocial, médica y de trabajo social de emergencia; así como de articular los esfuerzos de las instituciones que forman parte del Sistema Estatal de Atención a Víctimas para la adopción de las medidas de ayuda inmediata contempladas en la Ley General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.