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Artículo 69 de la Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Interinstitucional es un grupo de personas de distintas dependencias que toman decisiones juntas. Este artículo dice que ese grupo se va a reunir de dos maneras: una para revisar casos específicos y otra para decidir sobre adopciones. La forma exacta de cómo se harán esas reuniones se definirá en otros reglamentos más detallados. En pocas palabras, el comité ya sabe qué temas tratará en sus juntas, pero los detalles de cómo funcionarán se explicarán después.

Texto oficial

Artículo 69. El Comité Interinstitucional sesionará en las modalidades de casos y de adopciones, en términos de las disposiciones reglamentarias respectivas. Sección Tercera Atribuciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.