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Ley
Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México
Artículo
94

Artículo 94 de la Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El certificado de idoneidad que emite el DIFEM es un documento que dice que una persona es apta para adoptar. Este papel debe incluir: el nombre y la edad de quien o quienes quieren adoptar, así como el nombre y la edad del niño, niña o adolescente. También tiene que mostrar hasta cuándo sirve, que es máximo seis meses desde que lo sacaron. Por último, lleva la firma de la Secretaría del Comité Interinstitucional para que sea válido.

Texto oficial

Artículo 94. El certificado de idoneidad expedido por el DIFEM deberá contener los elementos siguientes: I. Nombre y edad del o los solicitantes. II. Nombre y edad de la niña, niño o adolescente. III. Vigencia, hasta por seis meses, contados a partir de su fecha de expedición. IV. Firma de la Secretaría del Comité Interinstitucional.

Ver texto oficial de la Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México (pág. 32) ↗

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