Artículo 21 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para cumplir con la regla de arriba, las personas u organizaciones que tienen que seguir esta Ley deben usar las herramientas de internet y sistemas digitales que el gobierno ya tiene aprobados. También deben seguir las reglas de cómo organizar sus datos y trámites en línea. Esto es para que todo funcione igual y rápido, sin problemas. Básicamente, si tienes que hacer algo con el gobierno por computadora o celular, hazlo como ellos te digan.
Texto oficial
Artículo 21. Para el cumplimiento de lo previsto en el artículo anterior, los sujetos de la presente Ley, deberán observar los estándares de tecnologías de la información y comunicación y la arquitectura gubernamental digital.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.