Artículo 4 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay algunos casos en los que NO se aplica esta ley. Son situaciones donde las autoridades necesitan firmar a mano, hacer un trámite en persona, o cumplir con una formalidad que no se pueda hacer por internet o con tecnología.
Texto oficial
Artículo 4. Quedan exceptuados de la aplicación de esta Ley, los actos de autoridad para los que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México u otro ordenamiento jurídico que exijan la firma autógrafa de manera expresa o cualquier otra formalidad no susceptible de cumplirse a través del uso de Tecnologías de la Información y Comunicación o que requieren la concurrencia personal de los servidores públicos y las personas físicas o del representante de las personas jurídicas colectivas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.