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Artículo 4 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay algunos casos en los que NO se aplica esta ley. Son situaciones donde las autoridades necesitan firmar a mano, hacer un trámite en persona, o cumplir con una formalidad que no se pueda hacer por internet o con tecnología.

Texto oficial

Artículo 4. Quedan exceptuados de la aplicación de esta Ley, los actos de autoridad para los que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México u otro ordenamiento jurídico que exijan la firma autógrafa de manera expresa o cualquier otra formalidad no susceptible de cumplirse a través del uso de Tecnologías de la Información y Comunicación o que requieren la concurrencia personal de los servidores públicos y las personas físicas o del representante de las personas jurídicas colectivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.