- Ley
- Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 40
Artículo 40 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un servidor público (como un funcionario o empleado del gobierno) deja su puesto por cualquier motivo, su jefe directo debe avisarle al Padrón de Certificados Electrónicos, que es como un registro oficial donde están sus datos digitales. Esto es para que el sistema sepa que ya no trabaja ahí.
Texto oficial
Artículo 40. En caso de separación del cargo del servidor público inscrito, el titular de la unidad administrativa deberá dar aviso al Padrón de Certificados Electrónicos de Servidores Públicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.