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Artículo 42 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un empleado del gobierno es despedido o se le prohíbe trabajar en el servicio público, el área encargada de vigilarlo tiene que avisar de inmediato al sistema que guarda los certificados electrónicos. Esto se hace para que cancelen de forma permanente su registro en ese padrón. En pocas palabras, se aseguran de que ya no pueda usar esos documentos oficiales.

Texto oficial

Artículo 42. En caso de que un servidor público sea destituido o inhabilitado del cargo, el órgano de control interno, deberá dar aviso de manera inmediata al Padrón de Certificados Electrónicos, con el fin de realizar la cancelación definitiva de la inscripción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.