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Artículo 50 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, en la primera junta normal del Consejo, el Secretario Técnico tiene que entregar un reporte sobre cómo van los avances de las dependencias obligadas por esta ley. En ese informe debe explicar qué tanto cumplieron con los programas de su sector del año pasado, y si esos programas están alineados con la Agenda Digital y el Plan de Desarrollo del Estado de México. También tiene que detallar cómo usaron el dinero invertido en tecnologías de la información y comunicación (computadoras, sistemas, internet, etc.). Básicamente, es para que el Consejo sepa si se está cumpliendo con lo planeado y en qué se gastó el presupuesto en tecnología.

Texto oficial

Artículo 50. El Secretario Técnico del Consejo deberá presentar un informe en la primera sesión ordinaria del año, sobre los avances de los sujetos de la presente Ley, respecto de los Programas Sectoriales del año inmediato anterior, alineados la Agenda Digital y en el Plan de Desarrollo del Estado de México, así como el uso de recursos financieros en la inversión en materia de tecnologías de la información y comunicación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.