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Artículo 54 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si firmas o sellas un documento en computadora usando un certificado digital o firma electrónica avanzada, ese documento tiene el mismo valor legal que si lo hubieras firmado de tu puño y letra en papel. Esto aplica para cualquier trámite, procedimiento o resolución que se haga conforme a esta ley. En pocas palabras, una firma electrónica vale igual que una firma hecha a mano.

Texto oficial

Artículo 54. Todo mensaje de datos o documento que cuente con certificado digital de firma electrónica avanzada, firma electrónica y/o sello electrónico y que se haya derivado de actos, procedimientos, trámites y/o resoluciones realizados en los términos de la Ley, tendrá la misma validez legal que los que se firmen de manera autógrafa y/o se sellen manualmente en documento impreso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.