Artículo 68 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tanto tú como cualquier empresa tienen derecho a tratar con el gobierno del Estado de México usando medios electrónicos, como internet o apps, en lugar de ir en persona. Todo depende de los canales digitales que cada dependencia del gobierno decida poner a tu disposición. A través de esos medios puedes recibir atención, hacer preguntas, presentar solicitudes, pagar, o hacer cualquier trámite o servicio que esté disponible en línea. La ley te garantiza que puedas usar esas herramientas para tus asuntos oficiales, siempre que el gobierno las tenga habilitadas.
Texto oficial
Artículo 68. Las personas físicas y/o jurídico colectivas tendrán derecho a relacionarse con los sujetos de la presente Ley, a través de medios electrónicos que estos determinen, para recibir por Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de enero de 2016. Última reforma POGG: 27 de marzo de 2026. LEY DE GOBIERNO DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 23 esa vía de comunicación, atención e información gubernamental, así corno realizar consultas, formular solicitudes, efectuar pagos, trámites y servicios digitales, entre otros.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.