- Ley
- Ley del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la Ley del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para vender el periódico oficial y cobrar los servicios que ofrece, se tienen que seguir las reglas del Código Financiero del Estado de México y los precios que fije la Secretaría de Finanzas. Esos precios los publican cada año y aplican a todos los productos que dé la Dirección encargada. En otras palabras, si quieres comprar el periódico o pagar algún servicio, debes consultar las tarifas oficiales.
Texto oficial
Artículo 15. Para los efectos de la venta del periódico oficial y el pago de los servicios que presta se atenderá a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios y a las tarifas emitidas por la Secretaría de Finanzas por cuanto hace a los productos brindados por la Dirección para el ejercicio fiscal correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.