Artículo 50 de la Ley Reglamentaria de las fracciones XXV y XXVI del artículo 61 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Legislativa (un grupo de diputados que revisa leyes) puede pedir información o estudios técnicos a cualquier autoridad o institución para entender mejor un tema. Esto lo hace para aclarar el asunto que están revisando. O sea, tienen derecho a solicitar documentos o expertos que les ayuden a tomar una decisión más informada. Es como cuando pides datos o investigaciones para resolver una duda.
Texto oficial
Artículo 50.- La Comisión Legislativa podrá solicitar los informes necesarios y estudios técnicos que estime pertinentes, a cualquier autoridad o institución, para allegarse de elementos que le permitan esclarecer el asunto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.