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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley232/12
Ley
Ley de Indulto del Estado de México
Artículo
12

Artículo 12 de la Ley de Indulto del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que las autoridades de las cárceles deben dar a conocer esta ley a todos los reclusos, y ayudarlos a hacer los trámites necesarios si quieren pedir un indulto, que es el perdón del resto de la condena. También deben apoyarlos en todo el proceso para que puedan obtener ese beneficio, si les corresponde.

Texto oficial

Artículo 12. Las autoridades penitenciarias darán a esta Ley amplia publicidad y auxiliarán a las y los sentenciados en los trámites correspondientes, para en su caso obtener el indulto.

Ver texto oficial de la Ley de Indulto del Estado de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.