- Ley
- Ley de Indulto del Estado de México
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley de Indulto del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobernador puede quitar el indulto o perdón que ya te había dado, si se comprueba que no cumpliste con las reglas que te puso para otorgártelo. En otras palabras, si te perdonaron un castigo pero no respetas lo que acordaste, ese perdón se cancela. Las condiciones pueden ser cosas como no cometer otro delito o pagar una multa fijada. Si te investigan y descubren que las violaste, pierdes el beneficio.
Texto oficial
Artículo 24. El Gobernador resolverá revocar el indulto concedido, cuando se demuestre que el beneficiado haya transgredido las condiciones establecidas para ello.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.