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Artículo 24 de la Ley de Indulto del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobernador puede quitar el indulto o perdón que ya te había dado, si se comprueba que no cumpliste con las reglas que te puso para otorgártelo. En otras palabras, si te perdonaron un castigo pero no respetas lo que acordaste, ese perdón se cancela. Las condiciones pueden ser cosas como no cometer otro delito o pagar una multa fijada. Si te investigan y descubren que las violaste, pierdes el beneficio.

Texto oficial

Artículo 24. El Gobernador resolverá revocar el indulto concedido, cuando se demuestre que el beneficiado haya transgredido las condiciones establecidas para ello.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.