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Artículo 109 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 109 dice que la verificación sirve para revisar y checar que los funcionarios y dependencias de gobierno cumplan con lo que deben hacer para que la información pública esté disponible para todos. Esto aplica según lo que marca la ley que regula la transparencia y otras reglas. En pocas palabras, es como un "corte de caja" para asegurarse de que las autoridades están siendo claras y abiertas con los datos que manejan.

Texto oficial

Artículo 109. La verificación tendrá por objeto revisar y constatar el debido cumplimiento a las obligaciones de transparencia según corresponda a cada sujeto obligado, en términos de la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.