Artículo 109 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 109 dice que la verificación sirve para revisar y checar que los funcionarios y dependencias de gobierno cumplan con lo que deben hacer para que la información pública esté disponible para todos. Esto aplica según lo que marca la ley que regula la transparencia y otras reglas. En pocas palabras, es como un "corte de caja" para asegurarse de que las autoridades están siendo claras y abiertas con los datos que manejan.
Texto oficial
Artículo 109. La verificación tendrá por objeto revisar y constatar el debido cumplimiento a las obligaciones de transparencia según corresponda a cada sujeto obligado, en términos de la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.