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Artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene la obligación de darle todas las facilidades necesarias para que puedas acceder a la información pública igual que cualquier otra persona. Esto significa que deben eliminar barreras, como poner la información en formatos accesibles si tienes alguna discapacidad o dar apoyos adicionales cuando los necesites. La idea es que nadie quede excluido ni tenga menos oportunidades de enterarse de lo que hace el gobierno.

Texto oficial

Artículo 14. Es obligación del Instituto otorgar las medidas pertinentes para asegurar el acceso a la información de todas las personas en igualdad de condiciones con las demás.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.