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Artículo 157 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El plazo para cualquier aviso oficial (notificación) empieza a contar desde el día siguiente al que te lo dan, no el mismo día. Si la ley dice que tienes tantos días para responder, esos días solo cuentan los días hábiles, o sea, de lunes a viernes que no sean festivos. Los sábados, domingos y días de descanso obligatorio no se toman en cuenta. Así que si te notifican un viernes, el plazo arranca hasta el lunes siguiente.

Texto oficial

Artículo 157. Los términos de todas las notificaciones previstas en esta Ley, empezarán a correr al día siguiente al que se practiquen. Cuando los plazos fijados por esta Ley sean en días, éstos se entenderán como hábiles.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.