- Ley
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 171
Artículo 171 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien o alguna empresa recibe dinero del gobierno o toma decisiones como si fuera autoridad, tiene la obligación de responder a las solicitudes de información a tiempo. Esto significa que deben cumplir los plazos legales para darte los datos que pidas, sin excusas. Básicamente, si manejan recursos públicos, no te pueden hacer esperar de más.
Texto oficial
Artículo 171. Las personas físicas y jurídicas colectivas que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad serán responsables del cumplimiento de los plazos y términos para otorgar el acceso a la información.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.