Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 213 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 213 dice que las leyes van a fijar las reglas para decidir qué castigo aplicar, según qué tan grave sea la falta que cometiste. También pueden tomar en cuenta tu situación económica y si ya habías cometido la misma falta antes. Esto aplica para medidas como multas o arrestos, que se llaman "medidas de apremio". En pocas palabras, el castigo se ajusta a lo que hiciste y a tus condiciones.

Texto oficial

Artículo 213. La presente Ley y demás disposiciones de la materia, establecerán los criterios para calificar las medidas de apremio, conforme a la gravedad de la falta y, en su caso, las condiciones económicas del presunto responsable y la reincidencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 71) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.