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Ley
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Comisionados y el Comisionado Presidente no pueden tener otro trabajo, puesto o encargo mientras estén en su cargo. La única excepción es que pueden dar clases o participar en actividades de ciencia o beneficencia, siempre y cuando no les paguen por eso.

Texto oficial

Artículo 34. Durante su gestión, los Comisionados y la o el Comisionado Presidente no podrán desempeñar ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en instituciones docentes, científicas o alguna de beneficencia.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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