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Artículo 63 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto es una institución que va a trabajar junto con otras en el Sistema Nacional, pero solo en los temas que le corresponden según su especialidad. Esto significa que cada institución tiene un área específica de acción y no se mete en lo que no le toca. Tiene que seguir las reglas que marcan tanto la Ley General como esta misma Ley para saber cómo participar. Básicamente, el Instituto no está solo, sino que colabora dentro de un grupo más grande, pero sin salirse de su área ni de lo que dice la ley.

Texto oficial

Artículo 63. El Instituto formará parte del Sistema Nacional, en el ámbito de su competencia y de conformidad con lo que al respecto establecen la Ley General y la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.