Artículo 83 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las oficinas del gobierno y organismos públicos deben manejar la misma forma de presentar su información en sus páginas de internet. Es decir, tienen que usar el mismo orden, el mismo diseño y los mismos criterios para que la información sobre transparencia se vea igual en todos lados. Así, cuando tú busques datos en diferentes sitios oficiales, será fácil encontrar lo que necesitas porque todos estarán organizados de la misma manera. Esto evita confusiones y hace más sencillo comparar información entre una dependencia y otra.
Texto oficial
Artículo 83. Los sujetos obligados deberán observar criterios uniformes, homogéneos o comunes en la estructura, diseño e integración de la información que en materia de transparencia publiquen dentro de sus páginas o sitios de internet.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.