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Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de la Juventud de Ayapango”

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta Directiva va a elegir a una persona como Tesorero, que es quien cuida el dinero del Instituto. Para que pueda serlo, esta persona debe tener carrera terminada en alguna materia de negocios o economía, como Contaduría o Administración. Además, cuando lo nombren, tendrá máximo seis meses para obtener un certificado que demuestre que sabe bien cómo hacer su trabajo. Es un requisito obligatorio, no es opcional.

Texto oficial

Artículo 19. La Junta Directiva nombrará un Tesorero, el cual deberá contar con licenciatura en ciencias económico-administrativas y certificarse en los siguientes seis meses a su nombramiento. CAPÍTULO IV DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.