Artículo 26 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El o la Fiscal General (el jefe o jefa de la Fiscalía) tiene que presentar su plan de trabajo, llamado Plan de Gestión Institucional, durante los primeros seis meses de su cargo. Ese plan se debe publicar en la página de internet de la Fiscalía para que cualquier persona lo pueda ver. Ahí debe incluir qué objetivos quiere lograr, las metas, las acciones principales que va a realizar y cómo va a medir si está cumpliendo con lo que prometió. Además, ese plan tiene que ir de acuerdo con las leyes y el presupuesto con el que cuenta la institución, buscando siempre obtener buenos resultados.
Texto oficial
Artículo 26. La o el Fiscal General, dentro del primer semestre de su mandato, presentará su Plan de Gestión Institucional, mismo que se publicará en la página electrónica de la Fiscalía. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de diciembre de 2016. Última Reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 14 El Plan de Gestión Institucional contendrá entre otros, los objetivos estratégicos, las metas, las principales líneas de acción, los indicadores de desempeño o elementos de similar naturaleza que posibiliten la medición del cumplimiento en sus distintas líneas de acción, junto con la evaluación y la mejora continua. El Plan de Gestión Institucional será congruente con la legislación aplicable y el presupuesto disponible, con un enfoque a resultados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.