Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 27 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, la o el Fiscal General debe entregar un informe de lo que hizo su oficina al Gobernador y al Congreso del Estado. También tiene la obligación de presentarse ante los diputados cuando lo llamen para explicar su trabajo o responder preguntas sobre su gestión. Es como cuando en tu trabajo te piden que platiques los resultados de tus proyectos y además te citan a una junta para aclarar dudas. En pocas palabras, el Fiscal tiene que rendir cuentas y ser transparente sobre lo que hace.

Texto oficial

Artículo 27. La o el Fiscal General presentará anualmente a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, un informe de actividades y comparecerá ante la Legislatura del Estado cuando se le cite a rendir cuentas o a informar sobre su gestión. CAPÍTULO CUARTO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.