Artículo 29 Quater de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía Central Especializada en Combate a los Delitos de Extorsión, Delitos Vinculados y Secuestro es la que investiga los casos de extorsión y secuestro, siguiendo las leyes nacionales y del Estado de México que hablan de estos delitos. Quienes trabajen ahí deben estar capacitados, evaluados y tener certificados que demuestren que son especialistas en extorsión o secuestro, según lo que pida el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Texto oficial
Artículo 29 Quater. La Fiscalía Central Especializada en Combate a los Delitos de Extorsión, Delitos Vinculados y Secuestro se encargará de la investigación de los hechos relacionados con los delitos en la materia establecidos en términos de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en Materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México, de la Ley General para prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley para prevenir, Atender y Combatir el Delito de Secuestro en el Estado de México, y las demás disposiciones jurídicas aplicables. El personal que integre la Fiscalía Central Especializada en Combate a los Delitos de Extorsión, Delitos Vinculados y Secuestro deberá haber sido capacitado y evaluado, así como contar con los certificados y la especialización requerida en materia de extorsión, o secuestro, según corresponda, de conformidad con los criterios que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.