Artículo 65 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el Fiscal General (el jefe de los fiscales) deja el cargo para siempre, el Congreso del Estado tiene 20 días seguidos (sin poder alargar el plazo) para hacer una lista de hasta 10 candidatos para ese puesto. Esa lista se arma siguiendo estos pasos: en los primeros 3 días deben publicar la convocatoria (el aviso oficial para que la gente se postule), luego tienen 2 días para publicarla en el periódico oficial del gobierno. Después, dan 6 días para que los interesados se registren, y en los siguientes 4 días eligen a los hasta 10 candidatos. Finalmente, en 3 días aprueban la lista (con el voto de dos de cada tres diputados presentes) y la publican, y en 2 días más la envían al gobernador para que elija.
Texto oficial
Artículo 65. A partir de la ausencia definitiva de la o el Fiscal General, la Legislatura del Estado contará con un plazo improrrogable de veinte días naturales para integrar y enviar al Ejecutivo una lista de hasta diez candidatas o candidatos al cargo, que surgirá del dictamen que emita la Legislatura del Estado el cual deberá ser aprobada por las dos terceras partes de las o los miembros presentes en el Pleno de la Legislatura del Estado, conforme al procedimiento siguiente: I. La Legislatura del Estado tendrá un plazo de tres días naturales a partir de la ausencia definitiva de la o el Fiscal General para emitir la Convocatoria para ser Fiscal General. II. La Legislatura del Estado tendrá un plazo de dos días naturales, contados a partir de la emisión de la Convocatoria para publicarla en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno". III. Una vez publicada la Convocatoria, la Legislatura del Estado tendrá un plazo de seis días naturales para registrar a las y los aspirantes al cargo a Fiscal General. IV. Concluido el plazo señalado en la fracción anterior, la Legislatura del Estado tendrá un plazo de cuatro días naturales para seleccionar hasta diez candidatas o candidatos que integrarán la lista que se remitirá al Ejecutivo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de diciembre de 2016. Última Reforma POGG: 04 de febrero de 2026. LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 44 V. La Legislatura del Estado tendrá un plazo de tres días naturales para aprobar el dictamen de selección de hasta diez candidatas o candidatos y publicarlo en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno". VI. La Legislatura del Estado contará con un plazo de dos días naturales, contados a partir de la publicación del dictamen para remitirlo al Ejecutivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.