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Artículo 68 de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno del estado te mande una lista de tres candidatos para un puesto, los diputados tienen tres días (incluyendo fines de semana) para citarlos a una entrevista. Después de esa entrevista, tienen otros tres días para decidir quién es el elegido. Una vez que toman esa decisión, tienen tres días más para aprobarla con el voto de al menos dos de cada tres diputados que estén presentes, y ahí mismo le toman protesta al nuevo funcionario. Todo esto debe hacerse rapidito, sin contar solo días hábiles.

Texto oficial

Artículo 68. La Legislatura del Estado tendrá un plazo de tres días naturales siguientes a la recepción de la terna para citar a comparecer a las y los candidatos. La Legislatura del Estado tendrá un plazo de tres días naturales siguientes a la comparecencia para emitir el dictamen de designación. Una vez emitido el dictamen de designación la Legislatura del Estado tendrá un plazo de tres días naturales para su aprobación con el voto de las dos terceras partes de las o los miembros presentes y toma de protesta constitucional correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.