Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 18 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los representantes designados tendrán el mismo derecho que los demás para hablar y votar en las reuniones. Esto quiere decir que su opinión cuenta igual que la de cualquier otro miembro.

Texto oficial

Artículo 18. Los enlaces nombrados para tal efecto tendrán el mismo derecho de voz y voto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.