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Artículo 13 de la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las secretarías de Finanzas y de la Contraloría, junto con la Oficialía Mayor, son las oficinas del gobierno que se encargan de coordinar todo lo relacionado con el dinero y las reglas de funcionamiento de otras dependencias. Ellas tienen la tarea de crear las instrucciones administrativas (como manuales o procedimientos) y de verificar que se cumplan en los organismos auxiliares (instituciones que apoyan al gobierno). Esto lo hacen solo en las áreas que la ley les asigna, según lo que dice la Ley Orgánica de la Administración Pública y otras leyes que aplican.

Texto oficial

Artículo 13.- Las Secretarías de Finanzas y de la Contraloría, y la Oficialía Mayor, se consideran como dependencias de coordinación global y serán responsables de dictar las disposiciones administrativas y de controlar y evaluar su cumplimiento en los organismos auxiliares, respecto de las atribuciones que en relación con los mismos les determine la Ley Orgánica de la Administración Pública y demás leyes aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.