Artículo 48 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité Coordinador va a crear las reglas para que funcione la Plataforma Digital Estatal, que es un sistema en línea para que las autoridades cumplan con sus obligaciones anticorrupción, según las leyes del Estado de México y sus municipios. Esta plataforma debe ser fácil de usar para todos los ciudadanos. La persona encargada de operarla será el Secretario Técnico, tal como lo dice esta ley.
Texto oficial
Artículo 48. El Comité Coordinador, emitirá las bases y/o lineamientos para el funcionamiento de la Plataforma Digital Estatal que en congruencia con el Sistema Nacional Anticorrupción permita cumplir con los procedimientos, obligaciones y disposiciones a cargo de los sujetos establecidos en la presente Ley y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, atendiendo, además, a las necesidades de accesibilidad de los usuarios. La Plataforma Digital Estatal será administrada por el Secretario Técnico en los términos que establece la presente Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.