Artículo 49 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 49 dice que se va a crear una plataforma digital del gobierno del Estado de México para juntar información sobre corrupción. Ahí van a subir datos tanto las autoridades estatales como las municipales que trabajan contra la corrupción. Esta plataforma debe tener, al menos, seis sistemas electrónicos: uno para declaraciones de bienes e intereses de servidores públicos; otro para empleados que hacen compras del gobierno; uno más con listas de funcionarios y ciudadanos castigados por corrupción; un sistema de comunicación entre las autoridades anticorrupción; un espacio para que cualquier persona denuncie actos de corrupción o faltas; y, por último, un sistema público de compras gubernamentales. En pocas palabras, es un sitio web oficial donde se concentra y se hace pública la información para evitar y combatir la corrupción.
Texto oficial
Artículo 49. La Plataforma Digital Estatal estará conformada por la información que a la misma incorporen los integrantes del Sistema Estatal Anticorrupción, así como del Sistema Municipal Anticorrupción y contará al menos, con los sistemas electrónicos siguientes: I. Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de la declaración fiscal. II. Sistema de los servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones públicas. III. Sistema de servidores públicos y particulares sancionados. IV. Sistema de información y comunicación del Sistema Estatal Anticorrupción y del Sistema Estatal de Fiscalización. V. Sistema de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de mayo de 2017. Última reforma POGG: 10 de marzo de 2023. LEY DEL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 19 VI. Sistema de Información Pública de Contrataciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.