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Artículo 110 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si presentas un recurso de queja por un asunto de responsabilidades administrativas y tu escrito está confuso o le faltan datos, el juzgado especializado te pedirá que corrijas esos errores o aclares lo que sea necesario. Te darán 5 días hábiles para hacerlo. Si no lo arreglas en ese tiempo, se considerará que nunca presentaste el recurso.

Texto oficial

Artículo 110. En caso que el escrito por el que se interponga el recurso de inconformidad fuera obscuro o irregular, la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas requerirá al promovente para que subsane las deficiencias o realice las aclaraciones que correspondan, para lo cual le concederán un término de cinco días hábiles. De no subsanar las deficiencias o aclaraciones en el plazo antes señalado el recurso se tendrá por no interpuesto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.