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Artículo 122 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el procedimiento de responsabilidad administrativa de esta Ley no dice algo o le falta una regla, se usa el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México para completarlo, pero solo si no va en contra de lo que ya dice esta Ley. Esto quiere decir que ese Código sirve como apoyo para resolver dudas o llenar huecos.

Texto oficial

Artículo 122. Será de aplicación supletoria el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, en lo que no se oponga a lo dispuesto en el procedimiento de responsabilidad administrativa establecido en la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.