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Artículo 133 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te acusan de una falta administrativa, tienes derecho a que te consideren inocente hasta que demuestren que eres culpable sin ninguna duda. Las autoridades que investigan son las que tienen que presentar todas las pruebas para comprobar que realmente cometiste la falta y que tú eres el responsable. Además, no estás obligado a decir que eres culpable ni a declarar en tu contra. Si decides quedarte callado, eso no se puede tomar como una prueba de que hiciste algo malo.

Texto oficial

Artículo 133. Todo presunto responsable de una falta administrativa, tiene derecho a que se presuma su inocencia hasta que no se demuestre, más allá de toda duda razonable, su culpabilidad. Las autoridades investigadoras tendrán la carga de la prueba para demostrar la veracidad sobre los hechos que demuestren la existencia de tales faltas, así como la responsabilidad de aquéllos a quienes se imputen las mismas. Los presuntos responsables de una falta administrativa no estarán obligados a confesar su responsabilidad, ni a declarar en su contra, por lo que su silencio no deberá ser considerado como prueba o indicio de su responsabilidad en la comisión de los hechos que se le imputan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.