Artículo 210 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa comete una infracción y un tribunal le ordena algo, el tribunal le enviará un aviso oficial a la empresa con los detalles de lo que debe hacer. Si la orden es suspender las actividades de la empresa, el tribunal avisará a la Secretaría de Finanzas del Estado de México, anotará a la empresa en un registro público de empresas sancionadas y publicará un resumen de la orden en el periódico oficial del estado y en un diario local. Si la orden es disolver la empresa, los encargados de la empresa deberán seguir las reglas de la Ley General de Sociedades Mercantiles o del Código Civil del Estado de México para cerrar y liquidar todo legalmente.
Texto oficial
Artículo 210. Cuando el particular tenga carácter de persona jurídica colectiva, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, el Tribunal girará oficio por el que notificará la resolución correspondiente, así como sus puntos resolutivos para su cumplimiento, en los términos siguientes: I. Cuando se decrete la suspensión de actividades de la sociedad respectiva, se dará vista a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México del Gobierno del Estado de México, se inscribirá en el Registro de Empresas y/o Personas Físicas Objetadas y Sancionadas y se hará publicar un extracto de la resolución que decrete la medida, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y en uno de los diarios de mayor circulación en la localidad donde tenga su domicilio fiscal el particular. II. Cuando se decrete la disolución de la sociedad respectiva, los responsables procederán de conformidad con lo que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles en materia de disolución y liquidación de sociedades, o en su caso, conforme a lo que dispone el Código Civil del Estado de México, según corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.