Artículo 214 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El juicio político se puede aplicar cuando un servidor público, como un presidente, juez o diputado, hace algo malo o deja de hacer lo que debe, y eso afecta a todo el país o al bienestar de la sociedad. No es por cualquier error, solo cuando el daño es grave para el interés público del Estado, como un abuso de poder o un acto de corrupción. En pocas palabras, lo castigan si sus acciones perjudican a la ciudadanía en general.
Texto oficial
Artículo 214. Es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos a que se refiere el artículo anterior, perjudiquen al interés público del Estado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.