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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley241/216
Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Artículo
216

Artículo 216 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juicio político termina en contra del servidor público (una persona que trabaja para el gobierno), este pierde su trabajo de inmediato. Además, le pueden prohibir trabajar en cualquier puesto público por un tiempo, que va desde un año hasta veinte años.

Texto oficial

Artículo 216. Si la resolución que se dicte en el juicio político es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución. Podrá también imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público desde un año hasta veinte años. CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTOS EN EL JUICIO POLÍTICO

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios (pág. 60) ↗

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