Artículo 229 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el juicio dice que el servidor público no tuvo la culpa, entonces puede seguir trabajando normal en su puesto. Pero si el juicio dice que sí fue responsable, la decisión va a ordenar que lo corran del cargo y, si aplica, también lo van a dejar imposibilitado para trabajar en el gobierno por un tiempo.
Texto oficial
Artículo 229. Si la resolución es absolutoria, el servidor público enjuiciado continuará en el ejercicio de su función. En caso contrario, la resolución decretará la destitución del cargo y el periodo de inhabilitación en su caso, para el ejercicio de la función pública. CAPÍTULO TERCERO DE LA DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA POR RESPONSABILIDAD PENAL
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