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Artículo 47 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del Estado de México va a tener un sistema en su página de internet donde se publicará cada 15 días una lista actualizada de todos los funcionarios públicos que participan en procesos como licitaciones, otorgamiento de permisos, concesiones o la venta de bienes del gobierno. Ahí se va a decir el nombre de cada funcionario y en qué área trabaja. También se incluirá a los expertos que calculan el valor de los bienes (avalúos). El formato para llenar esa información lo decidirá un grupo especial (el Comité Coordinador). Toda esta lista estará disponible para que cualquier persona la consulte en el portal oficial del Gobierno del Estado de México y en las páginas de las dependencias que aplican esta ley.

Texto oficial

Artículo 47. La plataforma digital estatal incluirá, un sistema específico, para los nombres y adscripción de los servidores públicos que intervengan en procedimientos para contrataciones públicas, ya sea en la tramitación, atención y resolución para la adjudicación de un contrato, otorgamiento de una concesión, licencia, permiso o autorización y sus prórrogas, así como la enajenación de bienes muebles y aquéllos que dictaminan en materia de avalúos, el cual será actualizado de manera quincenal. Los formatos y mecanismos para registrar la información serán determinados por el Comité Coordinador. La información a que se refiere el presente artículo deberá ser puesta a disposición de todo público a través del portal oficial de Internet del Gobierno del Estado de México y de los portales oficiales de los entes públicos a los que hace referencia esta Ley. SECCIÓN SEXTA DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CONTRATACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.