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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley241/55
Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Artículo
55

Artículo 55 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres servidor público y autorizas, pides o haces algo para mover dinero, materiales o personal del gobierno a otro lado sin tener una ley que te lo permita, o haciendo algo que la ley prohíbe, entonces estás cometiendo desvío de recursos públicos. Básicamente, es usar lo que es del pueblo para otro fin del que debería, sin justificación legal.

Texto oficial

Artículo 55. Incurrirá en desvío de recursos públicos el servidor público que autorice, solicite o realice actos para la asignación o desvío de recursos públicos, sean materiales, humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables. SECCIÓN CUARTA DE LA UTILIZACIÓN INDEBIDA DE INFORMACIÓN

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios (pág. 19) ↗

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