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Artículo 63 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un servidor público comete enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés cuando miente en sus declaraciones de bienes o intereses. Si lo hace para esconder que su dinero o propiedades aumentaron sin razón clara, o para tapar que usó o disfrutó bienes o servicios que no puede explicar, está cayendo en esta falta. También aplica si oculta un conflicto de interés, que es cuando mezcla sus asuntos personales con los de su trabajo para sacar ventaja. Básicamente, es no decir la verdad en los papeles oficiales para tapar algo que no está bien.

Texto oficial

Artículo 63. Incurrirá en enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés el servidor público que falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses, que tenga como fin ocultar, respectivamente, el incremento en su patrimonio o el uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un conflicto de interés. SECCIÓN DÉCIMA DEL TRÁFICO DE INFLUENCIAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.