Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 83 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un servidor público comete una falta grave que le cause pérdidas económicas al gobierno del estado o de un municipio, el Tribunal de Justicia Administrativa va a ordenar que pague una indemnización. Eso significa que el funcionario tendrá que cubrir todo el dinero que se perdió o los daños que causó. Además, si otras personas también se beneficiaron de manera ilegal por esa misma falta, esas personas serán responsables junto con el servidor público y también tendrán que pagar.

Texto oficial

Artículo 83. El Tribunal de Justicia Administrativa determinará el pago de una indemnización cuando, la falta administrativa grave a que se refiere el artículo anterior haya provocado daños y perjuicios a la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al patrimonio de los entes públicos. En dichos supuestos, el servidor público estará obligado a reparar la totalidad de los daños y perjuicios causados y las personas que en su caso también hayan obtenido un beneficio indebido serán solidariamente Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de mayo de 2017. Última reforma POGG: 20 de mayo de 2026. LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 28 responsables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.