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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley241/96
Ley
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Artículo
96

Artículo 96 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades que investigan faltas administrativas deben poner lugares sencillos de encontrar para que cualquier persona pueda ir a reportar posibles malos actos de servidores públicos. No necesitas ser abogado ni tener experiencia, cualquier interesado puede presentar su queja. Eso sí, todo debe hacerse siguiendo las reglas que marca esta misma ley.

Texto oficial

Artículo 96. Las autoridades investigadoras establecerán áreas de fácil acceso, para que cualquier interesado pueda presentar denuncias por presuntas faltas administrativas, de conformidad con los criterios establecidos en la presente Ley.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.