Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 97 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que tu denuncia por una falta administrativa (como un acto de corrupción de un servidor público) sea válida, debes incluir por lo menos algunos datos o pistas que dejen ver que alguien pudo haber cometido esa falta. Puedes presentarla por escrito ante las autoridades que investigan, o también por internet usando los sistemas que ellas tengan, sin importar si además existe una plataforma especial que haya creado el Sistema Anticorrupción de tu estado o municipio. En pocas palabras, no necesitas pruebas perfectas, solo información suficiente para que puedan empezar a investigar.

Texto oficial

Artículo 97. La denuncia deberá contener como mínimo los datos o indicios que permitan advertir la presunta responsabilidad por la comisión de faltas administrativas. Dicha denuncia podrá ser presentada por escrito ante las autoridades investigadoras o de manera electrónica a través de los mecanismos que para tal efecto establezcan las mismas, lo anterior sin menoscabo de la plataforma digital que determine, para tal efecto, el Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA INVESTIGACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.