Artículo 16 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Junta no trabaja sola. Para hacer su chamba, le ayudan un Secretario Técnico, los directores, jefes de áreas y todos los empleados que se necesiten.
Texto oficial
Artículo 16. Para el despacho de los asuntos de su competencia, la Junta será auxiliada por un Secretario Técnico, las y los titulares de las direcciones, unidades administrativas y demás servidores públicos necesarios. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de agosto de 2018. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE MÉXICO 6
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