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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley242/16
Ley
Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta no trabaja sola. Para hacer su chamba, le ayudan un Secretario Técnico, los directores, jefes de áreas y todos los empleados que se necesiten.

Texto oficial

Artículo 16. Para el despacho de los asuntos de su competencia, la Junta será auxiliada por un Secretario Técnico, las y los titulares de las direcciones, unidades administrativas y demás servidores públicos necesarios. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de agosto de 2018. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE MÉXICO 6

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (pág. 5) ↗

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