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Artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una reunión de la Junta sea válida, deben estar presentes tres personas específicas: el Presidente (o la Presidenta), un Magistrado de la Sala Superior y un Magistrado de una Sala Regional normal. Si falta alguno de ellos, la sesión no cuenta legalmente.

Texto oficial

Artículo 18. Para la validez de las sesiones de la Junta, se requiere la presencia de la o el Presidente, una o un Magistrado de la Sala Superior y una o un Magistrado de la Sala Regional de Jurisdicción Ordinaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.